Se refiere a los impuestos que se cobran por la transferencia gratuita de dinero o propiedades de valor realizadas a otro cuando el donante está vivo, y cuyo pago varía de acuerdo con la jurisdicción. Este término es diferente a otro término de GLIN: IMPUESTOS A LA HERENCIA Y LA SUCESIÓN que se trata de los regalos o los legados realizados ante el fallecimiento del donante.