- Prestación de protección social en forma de beneficios en efectivo o en especie a personas que están parcial o totalmente incapacitadas para participar en una actividad económica o llevar una vida normal debido a un impedimento físico o mental permanente o que probablemente perdurará más allá de un período mínimo determinado;- Administración, gestión o apoyo de dichos planes de protección social;- Prestaciones en efectivo, como las pensiones por invalidez para personas que no llegan a la edad normal de jubilación y sufren una incapacidad que les impide trabajar, el pago de la jubilación anticipada a trabajadores mayores que se jubilan antes de llegar a la edad normal de jubilación debido a la reducción de su capacidad de trabajo, las asignaciones para las personas que cuidan de una persona incapacitada, las asignaciones a personas discapacitadas que realizan trabajos adaptados a su condición o participan en programas de formación profesional, y otros pagos efectuados periódicamente o de una sola vez a personas discapacitadas por razones de protección social;- Prestaciones en especie, como el alojamiento y, a veces, los alimentos proporcionados a personas discapacitadas en establecimientos adecuados; la asistencia a personas discapacitadas para ayudarlas en sus tareas diarias (ayuda doméstica, servicios de transporte, etcétera); las asignaciones a quienes cuidan de una persona discapacitada; los programas de capacitación para fomentar la rehabilitación laboral y social de las personas discapacitadas; la prestación de bienes y servicios varios a personas discapacitadas para que éstas puedan participar en actividades culturales y de ocio o viajar y participar en la vida comunitaria.