Instrumento jurídico que especifica el mandato, las funciones y las estructuras del ACNUR y los criterios en virtud de los cuales un persona puede ser del interés del ACNUR, para los efectos de su reconocimiento como refugiado. El ACNUR puede reconocer a esas personas, en el desempeño de sus funciones, como �refugiados amparados por el mandato del Alto Comisionado�.