Los derechos constitucionales(denominados también derechos fundamentales y garantías individuales ) son aquellos derechos humanos garantizados con rango constitucional que se consideran como esenciales en el sistema político que la Constitución funda y que están especialmente vinculados a la dignidad de la persona humana. Es decir, son aquellos derechos que dentro del ordenamiento jurídico disfrutan de un estatus especial en cuanto a garantías (de tutela y reforma). Por definición, estos derechos deben estar previstos en el ordenamiento jurídico. Sin embargo, en algunos países, pueden ser explícitos, implícitos o tácitos. En España, en teoría sólo pueden ser explícitos, aunque el Tribunal Constitucional en la práctica ha atribuido, en ocasiones, a los derechos constitucionales explícitos contenidos absolutamente nuevos que vienen a ser casi derechos humanos tácitos; así se lo ha exigido en varias ocasiones la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. (Wikipedia)