1. Derecho, tanto individual como colectivamente considerado, que tiene todo ser humano a mantener y desarrollar plenamente su existencia -biológica y social-conforme a su dignidad. 2. Derecho de la persona a conservar su estructura psico- somático de forma íntegra, considerada ésta en su totalidad, de tal forma que pueda realizar -de la forma más plena posible- los restantes elementos que la componen. 3. Derecho a conservar la existencia dentro de unos márgenes de viabilidad y dignidad, considerada la estructura psicosomática del ser humano en alguno de sus componentes, de tal manera que no sufra menoscabo o detrimento en alguna de sus facetas básicas. 4. Derecho a mantener la intangibilidad y a obtener la protección de la dimensión moral de la vida humana: honor, intimidad..